Declaración de la renta

La Constitución Española exige, en su artículo 31, la contribución de todos al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.

Los tributos -impuestos, tasas y contribuciones especiales- son medios para obtener los recursos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos. Pagar impuestos contribuye a financiar los servicios públicos de las administraciones estatal, autonómica y local.

¿Qué es el IRPF?

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo que deben pagar al Estado los ciudadanos residentes en España. Grava la renta que se ha obtenido a lo largo de un año, teniendo en cuenta las circunstancias personales y familiares de cada persona.

¿Qué se entiende por renta a efectos del IRPF?

La renta del contribuyente es la totalidad de sus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta que se establezcan por la ley, con independencia del lugar donde se hubiesen producido y cualquiera que sea la residencia del pagador.

Concretamente, la renta comprende:

  • Los rendimientos del trabajo (contraprestaciones o utilidades, dinerarias o en especie, que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas, como por ejemplo los sueldos y salarios, las prestaciones por desempleo o las pensiones)
  • Los rendimientos del capital (provenientes de bienes inmuebles rústicos o urbanos que no se hallen afectos a actividades económicas realizadas por el contribuyente, y los que provengan del capital mobiliario)
  • Los rendimientos de las actividades económicas (por ejemplo, de fabricación, comercio o prestación de servicios, incluidas las de artesanía, agrícolas, forestales, ganaderas, pesqueras, de construcción, mineras, y el ejercicio de profesiones liberales, artísticas y deportivas)
  • Las ganancias y pérdidas patrimoniales
  • Las imputaciones de renta que se establezcan por ley

Existe un mínimo personal y familiar que, por destinarse a cubrir las necesidades vitales del contribuyente y de las personas que de él dependen, no se somete a tributación.

Asimismo, está exenta la renta que se califique expresamente como tal en la normativa de IRPF o en otra ley. No se puede invocar la exención fuera de los casos recogidos en las leyes.

¿Quiénes deben pagar este impuesto?

Las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español y aquellas que tuviesen su residencia habitual en el extranjero en los casos establecidos en los artículos 8, 9 y 10 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre.

¿Qué porcentaje de la renta se paga por el IRPF?

El porcentaje de la renta obtenida que se paga al Estado depende, en primer lugar, de la clase de renta. La procedente del ahorro tributa a un porcentaje menor que la renta que no forma parte del ahorro, conocida como general.

Esta renta general tributa de acuerdo a una escala progresiva: el porcentaje de la renta que se paga por el IRPF se incrementa a medida que aumenta la renta. De esta manera se favorece a las personas con menos ingresos.

¿Cuáles son las funciones de la Agencia Tributaria sobre el IRPF?

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), adscrita al Ministerio de Hacienda y Función Pública, es responsable de la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y del aduanero.

Se encarga de la gestión, inspección y recaudación de los tributos de titularidad estatal, entre ellos el IRPF.

La AEAT dispone de un servicio telefónico de información tributaria básica para dudas: 91 554 87 70, accesible también a través del 901 33 55 33. Su horario es de lunes a viernes, de 9 a 19 horas (hasta las 15 horas en agosto).

¿De qué servicios dispongo para realizar mi declaración de IRPF?

La AEAT pone a disposición de los contribuyentes distintos servicios de ayuda en su sede electrónica, por teléfono, presencialmente o a través de la aplicación móvil «Agencia Tributaria».

Por otro lado, el Informador de Renta permite repasar los aspectos generales para saber, por ejemplo, si se tiene obligación de declarar o qué deducciones y reducciones pueden aplicarse.

Existe también disponible un servicio de calculadora de IRPF sobre las retenciones, que puede utilizarse en la web de AEAT sin necesidad de ningún tipo de firma, identificación o autenticación previas.

Finalmente, las comunidades autónomas de régimen común y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla colaborarán a través de la habilitación de oficinas para la prestación de servicios de información tributaria y ayuda para la confección de declaraciones.